La utilización de estos modificadores del genoma está prohibida por la ley
Se trata de una ley europea de 1997, conocida como el Convenio de Oviedo, que lleva el nombre de la ciudad española donde se anunció y presentó. Su artículo 13 establece que está prohibida toda intervención médica que lleve a una modificación del genoma hereditario. Muchos países se han mostrado reacios a firmarla, temiendo que esta disposición obstaculice sus investigaciones médicas.
Francia la ratificó en 2011 por el artículo 1 de la ley del 7 de julio de 2011 sobre la bioética. Es exigible en el derecho interno desde el 1 de abril de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo 33.
Artículo 1: Se autoriza la ratificación del Convenio del Consejo del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y la Dignidad del ser Humano con respecto a las aplicaciones de la biología y de la medicina: Convenio sobre los Derechos Humanos y Biomedicina, firmado en Oviedo el 4 de abril de 1997.
Los abogados del gobierno ciertamente explicarán que hay excepciones, lo cual es correcto.
Pero éstas están sujetas a requisitos estrictos:
La persona sobre la que se realice el experimento deberá haber firmado previamente un documento en el que se indique la composición detallada del medicamento en cuestión, sus efectos inmediatos y los posibles efectos secundarios. Certifica que lo ha leído, se lo han explicado, lo ha comprendido todo y acepta recibir el producto en cuestión.
Objetarán que no hay ningún capítulo específico en la legislación francesa consagrado a las denominadas "vacunas", lo que es evidente, ya que en esa época todo el mundo pensaba, con la excepción de algunos científicos precursores, que el genoma humano nunca podría ser modificado ni manipulado mediante las tijeras proteínicas inventadas en 2015.
Esto no cambia nada del principio general de la Convención de Oviedo: cualquier intervención médica que lleve a una modificación del genoma hereditario está prohibida.
¿La vacunación es una intervención médica? Sí.
¿La que los laboratorios están planeando consiste en inyectar ARNm para modificar el comportamiento del ADN? Sí.
Así que está prohibido.
L’Imprécateur
12 de diciembre de 2020
Para más información:
El Convenio para la protección de los Derechos Humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina: Convenio sobre a los Derechos Humanos y Biomedicina (STE Nº 164) quedó abierta a la firma el 4 de abril de 1997 en Oviedo (España).
Este Convenio es el único instrumento jurídico internacional vinculante para la protección de los derechos humanos en el ámbito biomédico.
Recoge los principios desarrollados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos en el ámbito de la biología y la medicina.
Este texto es un Convenio marco destinado a proteger la dignidad y la identidad de todos los seres humanos y a garantizar a todos, sin discriminación, el respeto de su integridad y de los demás derechos y libertades fundamentales en lo que respecta a las aplicaciones de la biología y la medicina.
Establece los principios fundamentales aplicables a la práctica médica diaria y se considera como tal en el Tratado Europeo sobre los Derechos de los Pacientes. También se ocupa específicamente de la investigación biomédica, la genética y el trasplante de órganos y tejidos.
Las disposiciones de la Convención se han desarrollado y complementado en los Protocolos adicionales relativos a esferas específicas.
Tratados del Consejo de Europa
Convención de Oviedo
Estado de las firmas y ratificaciones
Protocolo adicional sobre la prohibición de clonar seres humanos
Protocolo adicional relativo al trasplante de órganos y tejidos de origen humano
Protocolo adicional relativo a la investigación biomédica
Protocolo adicional relativo a los tests las genéticos con fines médicos.
Tratados del Consejo de Europa
Estado de las firmas y ratificaciones
Protocolo adicional sobre la prohibición de clonar seres humanos
Protocolo adicional relativo al trasplante de órganos y tejidos de origen humano
Protocolo adicional relativo a la investigación biomédica
Protocolo adicional relativo a los tests las genéticos con fines médicos
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Fuentes: Minurne Résistance y coe.int